Contenido

normas tecnicas complementarias del reglamento de construccion del df 2018

ARTICULO 124.- Las edificaciones de sobra de 10 escenarios deberán contar, aparte de las instalaciones y dispositivos señalados en esta Sección, con sistemas de alarma contra incendio, visuales y sonoros independientes entre sí. Los elementos sujetos a altas temperaturas, como tiros de chimeneas, campanas de extracción o ductos que puedan conducir gases a más de 80° C van a deber distar de los elementos estructurales de madera un mínimo de 60 content management system. ARTICULO 116.- Las edificaciones deberán contar con las instalaciones y los equipos necesarios para impedir y batallar los incendios. ARTICULO 112.- En los estacionamientos van a deber existir protecciones adecuadas en rampas, colindancias, fachadas y elementos estructurales, con dispositivos capaces de soportar los posibles impactos de los automóviles. II.- Los ascensores de carga en edificaciones de Comercio deberán calcularse teniendo en cuenta una capacidad mínima de carga útil de 250 kgs.

  • Para alcanzar esa resistencia va a ser preciso en las situaciones que se requiera, recurrir al apuntalamiento o rigidización temporal de ciertas secciones de la estructura.
  • El propio Departamento hará que se cumplan las restricciones impuestas a los predios con fundamento en la Ley y en sus estatutos.
  • No se permitirá que las instalaciones de gas, agua y drenaje crucen juntas edificantes de un edifico a menos que se provean de conexiones o de tramos flexibles.

Si entre la expedición de las constancias actuales a que se refiere el Producto previo y la presentación de la solicitud de licencia de construcción se hubiere modificado el alineamiento en los términos del Artículo 29 de este Título, el emprendimiento de construcción deberá ajustarse a los nuevos requerimientos. ARTICULO 24.- El Departamento podrá organizar el retiro o cambio de sitio de postes o instalaciones por cuenta de sus dueños, por cuestiones de seguridad o por el hecho de que se modifique la anchura de las aceras o se ejecute algún obra en la vía pública que lo requiera. ARTICULO 20.- Las instalaciones aéreas en la vía pública habrán de estar sostenidas sobre postes puestos para ese efecto. El Departamento, anterior consulta con el Comité de Coordinación y Reglas de Infraestructura Urbana, podrán autorizar la construcción de instalaciones subterráneas fuera de la región descritas en el párrafo anterior, en el momento en que la naturaleza de las obras lo requiera.

Lineamientos Para La Protección De Datos Personales En El Distrito Federal

Lea mas sobre aqui.

normas tecnicas complementarias del reglamento de construccion del df 2018

A lo largo de la ejecución de una obra van a deber tomarse las medidas primordiales para no modificar el comportamiento ni el desempeño de las creaciones e instalaciones en predios colindantes o en la vía pública. En cada uno de estos movimientos, se considerarán el ingrediente inmediato bajo carga estática, el accidental, primordialmente por sismo, y el diferido, por consolidación, y la combinación de los tres.

El Jefe del Departamento deberá expedir el Manual de Desempeño de los Comités, a iniciativa de exactamente los mismos, que contemplará el trámite de evaluación de los aspirantes a Directivo Responsable de Obra y/o Corresponsable, los presuntos de remoción de sus integrantes, el procedimiento a continuar en las situaciones de renuncia o fallecimiento y el carácter rotatorio de la Presidencia de los Comités. Cuando se trate de personas morales que actúen como Corresponsables, la responsiva habrá de ser firmada por un individuo física que reúna los requisitos a que se refiere el Artículo 46 de este Reglamento y que tenga poder bastante y bastante para obligar a la persona moral. En todo caso, tanto la persona física como la moral, son responsables solidarios en los términos que para ello señala la Legislación común. I.- Dirigir y controlar la obra asegurándose de que el proyecto, como la ejecución de la misma, cumplan con lo predeterminado en los ordenamientos y demás disposiciones a que tiene relación el inciso b) de la Fracción I del Artículo previo, la Ley de Salud para el Distrito Federal, tal como el Programa Parcial correspondiente.

normas tecnicas complementarias del reglamento de construccion del df 2018

Lea mas sobre bolsa-termica.com aqui.

normas tecnicas complementarias del reglamento de construccion del df 2018

Si en los seis meses siguientes al vencimiento de una licencia no se consigue la prórroga señalada, será necesario obtener una nueva licencia para seguir la construcción. En un caso así la licencia tendrá una vigencia máxima de 40 y cinco días naturales contados desde la fecha de su expedición.

El Departamento va a fijar en todos y cada caso, la profundidad mínima y máxima a la que deberá alojarse cada instalación y su ubicación en relación con el resto instalaciones. ARTICULO 19.- Las instalaciones subterráneas para los servicios públicos de teléfonos, iluminado, semáforos, energía eléctrica, gas y cualesquiera otras, van a deber ubicarse a lo largo de aceras o camellones. En el momento en que se localicen en las aceras, van a deber distar por lo menos cincuenta centímetros del alineamiento oficial.

Dicho trámite habrá de ser tal que se eviten daños a las estructuras e instalaciones vecinas por vibraciones o movimiento vertical u horizontal del suelo. ARTICULO 200.- A lo largo del desarrollo de construcción van a deber considerarse las cargas vivas transitorias que logren producirse; éstas incluirán el peso de los materiales que se almacenen temporalmente, el de los vehículos y equipo, el de colado de plantas superiores que se apoyen en la planta que se analiza y del personal necesario, no siendo este último peso menor que 150 kg/m³. 6).- Atendiendo al destino del piso se determinará con los criterios del artículo 187, la carga unitaria, Wm, que no va a ser inferior a 350 kg/m³ y deberá especificarse en los planos estructurales y en placas metálicas colocadas en sitios fácilmente perceptibles de la construcción. Para sistemas de piso rápido con cubierta rigidizante, se considerará en lugar de Wm, cuando sea más desfavorable, una carga concentrada de 250 kg para el diseño de los elementos de soporte y de 100 kg para el diseño de la cubierta, en los dos casos situadas en la situación más desfavorable. Para la evaluación de las cargas muertas se emplearán las dimensiones detalladas de los elementos constructivos y los pesos unitarios de los materiales. Para estos últimos se utilizarán valores mínimos probables en el momento en que sea más desfavorable para la seguridad de la composición estimar una carga muerta menor, como en la situacion de volteo, flotación, lastre y succión producida por viento.

ARTICULO 290.-Con la solicitud de Licencia de Demolición considerada en el Título Cuarto de este Reglamento, se va a deber presentar un programa de demolición, en el que se indicará el orden y datas aproximadas en que se demolerán los elementos de la construcción. En caso de prever la utilización de explosivos, el programa de demolición señalará con toda precisión el o los días y la hora o las horas en que se efectuarán las detonaciones, que estarán sostienes a la aprobación del Departamento. ARTICULO 279.-Las ventanas, canceles, fachadas integrales y otros elementos de fachada, van a deber soportar las cargas causadas por ráfagas de viento, según lo que establece el Capítulo VII del Título VI de este Reglamento y las Normas Técnicas Complementarias para Diseño por Viento. ARTICULO 253.-Los trabajadores van a deber utilizar los equipos de protección personal en los casos que se requiera, de conformidad con el Reglamento General de Seguridad y también Higiene. ARTICULO 251.-Durante las distintas etapas de construcción de algún obra, van a deber tomarse las cautelas primordiales para eludir los incendios y para combatirlos a través de el equipo de extinción adecuado. Esta protección deberá proporcionarse tanto al área ocupada por la obra en sí, como a las colindancias, bodegas, guardes y oficinas.

de la Ley del Períodico Oficial de la Federación y Gacetas Gubernativos, la única publicación que da validez jurídica a una norma es el propio Diario Oficial de la Federación, la Gaceta Oficial de la Localidad de México o los diarios oficiales estatales. ARTÍCULO 6.- Para efectos de este Reglamento, las edificaciones en el Distrito Federal se clasifican de acuerdo a su empleo y destino, según se indica en los Programas General, Delegacionales y/o Parciales. La Comisión podrá ampliarse con representantes de asociaciones expertos y otros organismos e instituciones que la Administración considere oportuno invitar. XX. Proyectista, a la persona física con cédula profesional encargada de realizar el emprendimiento arquitectónico, de composición o de instalaciones, de conformidad con este Reglamento y sus Normas. Se aplicará de manera supletoria al presente Reglamento, la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, aparte de las disposiciones mencionadas en este ordenamiento. ARTÍCULO 1.- Las disposiciones del presente Reglamento y de sus Reglas Técnicas Complementarias, son de orden público y también interés social.

Lea mas sobre descargarplusdede.com aqui.

Es distribuidor de las principales marcas nacionales de acero, cemento y preciso en el ramo de la construcción. La Sobse va a ser la encargada de comprobar el cumplimiento de este marco normativo en todas y cada una de las edificaciones que se lleven a cabo en la Ciudad de México.

ARTICULO 137.- Los casos no previstos en esta Sección, quedarán sujetos a las disposiciones que al efecto dicte el Departamento. ARTICULO 134.- Las edificaciones y también inmuebles destinados a estacionamientos de vehículos deberán contar, aparte de las protecciones señaladas en esta Sección, con areneros de 200 litros de aptitud colocados a cada diez m, en lugares alcanzables y con señalamientos que señalen su localización. ARTICULO 128.- Los tiros o tolvas para conducción de materiales diversos, ropa, desperdicios, o basura, se alargarán por arriba de las azoteas. Sus compuertas o buzones deberán ser capaces de evitar el paso de fuego o de humo de un piso a otro del edificio y se edificarán con materiales a prueba de fuego. ARTICULO 123.- Los materiales empleados en recubrimientos de muros, cortinas, lambrines y falsos plafones van a deber cumplir con los índices de velocidad de propagación del fuego que confirmen las Reglas Técnicas Complementarias.

normas tecnicas complementarias del reglamento de construccion del df 2018

Recomendaciones que ayudan con el estudio de este tema.

Créditos & citaciones.

Autor: Equipo de redacción, antonio1095 antonio1095.
Fecha de publicación: septiembre 1, 2020.

Para citar este artículo en formato APA: